Incautación preventiva del vertedero de residuos especiales no peligrosos de Scala Coeli (Cosenza), incluido el depósito de aproximadamente m2. 15.000, con encomienda a un administrador judicial. El valor total de los objetos incautados asciende a más de 10 millones de euros.
La investigación preliminar se refiere a la acusación provisional de desastre ambiental en competencia (artículos 452 quater y 110 del código penal) y considera sospechosos al director de la empresa propietaria del vertedero, a los dos directores de la empresa que realiza las obras relativas al planta, el director de la empresa que realizó la impermeabilización del embalse, el director de las obras.
El lixiviado se derramó en los arroyos.
La disposición constituye el resultado de una compleja actividad de investigación llevada a cabo por esta Fiscalía con los Carabinieri de la Unidad Operativa Ecológica de Catanzaro que, a través de un complejo sistema técnico-de investigación, la realización de inspecciones y el examen de documentación y grabaciones de vídeo, permitieron permitirá determinar, a nivel circunstancial y a reserva de controles posteriores que se llevarán a cabo durante las investigaciones a partir de las indicaciones de los sospechosos, la causa del vertido de una gran cantidad de lixiviado, igual a aproximadamente 15.000 metros cúbicos, filtrados el 22.06.2023 desde el vertedero de Scala Coeli (CS) que desembocaron en los arroyos Patia – Capoferro y en el río Nicà y, después de haber recorrido aproximadamente 15 km, llegaron al mar Jónico.
Prohibiciones de bañarse y suministrar agua
El hecho generó un atentado a la seguridad pública por la relevancia del hecho, la magnitud del compromiso y la cantidad de personas ofendidas y expuestas al peligro. De hecho, el derrame afectó los territorios y las poblaciones de los municipios de Scala Coeli (CS), Cariati (CS) y Crucoli (KR), hasta el punto de que los respectivos alcaldes se vieron obligados (para proteger la seguridad de los ciudadanos) a adoptar inmediatamente ordenanzas específicas que prohíban el baño, así como el suministro de agua de los cursos de agua para los animales domésticos, ganaderos y agrícolas.
El desastre ambiental: sistema inadecuado
En particular, a nivel de gravedad circunstancial y sujeto a comprobaciones posteriores, se consideró que el director de la empresa propietaria del mencionado vertedero habría contribuido, con los demás sujetos antes señalados, al delito de desastre ambiental, al crear y gestionar el relleno sanitario a pesar de una serie de graves cuestiones críticas desde la perspectiva de planificación y gestión, en relación causal con el evento desastroso y que se indican brevemente a continuación:
– unificación ilícita de dos lotes en los que originalmente estaba dividido el vertedero así como la construcción y «cultivo» simultáneo de los mismos;
– subestimación y consiguiente insuficiencia del sistema de drenaje del fondo de lixiviados;
– subestimación y consiguiente insuficiencia del sistema de tratamiento y almacenamiento de lixiviados in situ; presencia de una tubería de 60 cm de diámetro y una longitud superior a 60 m, no prevista en el proyecto ni autorizada por la Región de Calabria, situada en la parte inferior del embalse y que permitía que los lixiviados fluyeran fuera del terraplén artificial;
– inadecuación de la instalación de la lámina impermeable sobre el lecho del depósito, lo que alteró la eficacia del sistema de barrera del vertedero; – incumplimiento de diversas disposiciones contenidas en el título de autorización, incluida la indicación de que la operación del vertedero estaba condicionada a la finalización de las obras de adecuación de los caminos de acceso municipales y provinciales.
Desde los meses posteriores al inicio de las actividades del vertedero, que se remontan a octubre de 2022, Legambiente ha remitido numerosas quejas/informes a los distintos órganos encargados del seguimiento de las cuestiones críticas existentes en la gestión del vertedero. El proceso por el presunto delito se encuentra actualmente en la fase de investigación preliminar. Cabe señalar que los sospechosos actuales son, en la actualidad, gravemente sospechosos de los delitos por los que se está llevando a cabo el proceso, y que su situación sólo será examinada judicialmente definitivamente después de que se dicte una sentencia firme, respetando el principio constitucional. presunción de inocencia.