En los últimos meses una avalancha de recibos de pago expedido porAto Me 1 Spa enviado a usuarios de varios municipios por correo agencia de recaudación de ingresosha consternado a miles de ciudadanos privados a quienes se les pidió que pagaran tari y tiaes decir, los impuestos sobre los residuos, que abarcan los años 2006 a 2012.
La mayor dificultad que encontraron los usuarios fue ir a buscar y encontrar los cupones de pago o documentos relacionados con ese impuesto, ya sea porque se habían perdido en los muchos años transcurridos o ya no se mantenían fuera de la obligación de conservarlos después. cinco años.
En esta ocasión, varios administradores municipales organizaron reuniones con los ciudadanos, poniendo a disposición abogados y contables para ayudar a los usuarios en dificultades.
Sin embargo, la confusión de ideas no se disipó también porque muchos ciudadanos, a pesar de estar del lado de la razón, no tenían intención de impugnar los proyectos de ley porque el importe solicitado era inferior a los gastos de defensa en los que habrían incurrido.
Como es sabido, muchos avisos de pago también fueron recibidos por quienes habían pagado regularmente el importe adeudado a tiempo y por aquellos que habían impugnado los avisos en el pasado con un fallo a su favor.
A lo largo de este mes hemos empezado a ver los resultados de las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia Fiscal de Messina, a las que numerosos contribuyentes han recurrido con la asistencia del contable Salvatore L’Abbate. Ya informamos el resultado a favor del contribuyente en estas páginas el pasado 27 de octubre.
Hay dos sentencias más de este martes, nuevamente del Tribunal de Messina. Se trata de Tarsu/Tia para los años 2011 y 2012 que, además de acoger el recurso y anular el acto impugnado, condena conjuntamente a Ato Me 1 Spa y a la Agencia de recaudación de ingresos de Messina a pagar las costas del proceso que resuelve un total de 280 euros más accesorios. En el otro recurso de casación, el Tribunal, además de acoger, como en el anterior, el acto impugnado relativo a Tarsu/Tia correspondiente a los años 2010, 2011 y 2012, también condena a la ATO y a la Agencia de Recaudación de Ingresos al pago de las costas de la sentencia cuantificadas , en este caso, a 500 euros.