«El delito de asociación puede reconocerse incluso en presencia de una estructura organizativa rudimentaria». Así lo afirma el Tribunal de Casación en los motivos de la sentencia en el apartado abreviado del maxiproceso surgió deOperación antidrogas “Koleos” que finalizó con la confirmación de 10 condenas, para un total de aproximadamente 110 años de prisión, con penas que van de 7 a 18 años, y sólo una nulidad con aplazamiento.
Los jueces de la Sección Penal Sexta, al constatar la existencia y funcionamiento de una asociación dedicada al narcotráfico, llaman la atención sobre el contenido de las sentencias de primer y segundo grado. «La sentencia de primera instancia – leemos – había identificado la existencia de una verdadera estructura “corporativa”» que se deduce «de la disponibilidad de bases logísticas», de «medios ad hoc para realizar el transporte y la entrega del estupefaciente» , «la existencia de un grupo estable de minoristas ubicados en varias regiones se deduce, entre otras cosas, de la pluralidad de entregas que los mensajeros habían realizado en los mismos lugares», de la «existencia de canales de suministro estables demostrada por el importante número de viajes realizados, en corto período de tiempo investigado, en el que al menos 36 ventas surgieron en tres meses», finalmente «la división de tareas dentro de la asociación y la clara identificación de los sujetos jerárquicamente superiores responsables de organizar la trata».
Para la Sala, estos elementos «demuestran la existencia de una estructura organizada, teniendo en cuenta, por un lado, que el delito de asociación puede reconocerse incluso en presencia de una estructura organizativa rudimentaria y, por otro, que esta estructura «era concretamente apto para mover y colocar decenas de kilos de cocaína, consiguiendo considerables beneficios».